PENALIZACIÓN DEL ABORTO, MENTIRAS, HIPOCRESÍA Y DISCRIMINACIÓN

Por Fernando García Díaz -  27 de septiembre 2021 – Para UTE-NOTICIAS

El martes 28 de septiembre se vota en la Cámara de Diputados el proyecto de ley que despenaliza el aborto hasta la 14 semana, cuando éste es consentido por la mujer. Se trata de una ley que viene a reconocer el derecho de la mujer sobre su propio cuerpo y a terminar con una situación de desigualdad y discriminación como pocas. Pero hasta horas antes de la votación, cuando escribo esto, no hay certeza que dicha norma se apruebe. La derecha más recalcitrante y los democratacristianos más conservadores se han manifestado en contra de la despenalización y no hay seguridad de los resultados de la votación.

Criminalizado en la legislación penal española vigente en nuestro país hasta la entrada en vigencia del Código Penal chileno en 1874, el aborto continuó considerándose delito en todas circunstancias en ese nuevo cuerpo legal. En 1931, y sin que ocasionara conflicto político o religioso alguno, mediante una disposición del Código Sanitario, se despenalizó el aborto con fines terapéuticos, exigiéndose si la opinión documentada de 3 facultativos para llevarlo adelante. En 1968 el nuevo Código Sanitario mantiene la posibilidad del aborto terapéutico y reduce los requisitos exigidos para ello.

Al no existir una definición legal del concepto “terapéutico”, la interpretación de éste término variaba de un lugar a otro, permitiendo, durante el gobierno de Salvado Allende, que en el Hospital Barros Luco se realizaran abortos cuyas razones terapéuticas consideraban, además de los clásicos elementos biológicos, determinantes sociales relacionadas directamente con la salud y la vida de la mujer, lo que permitió ampliar enormemente el espectro de razones que justificaban dichos abortos. Pero llego la noche, y cuando la dictadura estaba por acabarse, en 1989, se modificó nuevamente la ley, eliminándose la causal terapéutica y estableciéndose que “No podrá ejecutarse ninguna acción cuyo fin sea provocar un aborto"., volviéndose a la situación previa a 1931, esto es sancionándose el aborto bajo cualquier circunstancia. Así se continuó hasta el 2017, cuando la ley 21.030 legitimó el aborto bajo tres circunstancias, lo que, si bien abrió una puerta que hasta ese momento estaba totalmente cerrada, no soluciona el problema de las decenas de miles de mujeres chilenas (entre 60 y 300 mil dice el M. de Salud para el 2016), que deben recurrir clandestinamente a esa práctica.

A partir de 1989, liderados por los sectores más conservadores de la política, con la UDI como su brazo armado y los más retrógrados de la Iglesia Católica, como el Opus Dei encabezando el tema, se ha mantenido una masiva propaganda ideológica en contra del aborto, sustentada básicamente en dos afirmaciones, una, que quienes son partidarios de mantener su penalización son verdaderos defensores de la vida bajo todas circunstancias, (pro-vida), lo que los intenta colocar en una especie de superioridad moral frente a los partidarios de la legalización, que vendría a ser algo así “pro muerte” y que esa ha sido la posición de la Iglesia católica desde siempre.

Pero la verdad es que no sólo son falsas ambas afirmaciones, sino que ellas encubren una situación de mentiras, hipocresía y discriminación como pocas veces se ve en nuestra legislación.

Desde luego y lo más obvio es que quienes formaron parte de un gobierno criminal, que torturó, violó y asesinó a miles de personas no pueden levantarse como defensores permanentes de la vida y menos aun cuando defendieron hasta el final la aplicación de la pena de muerte. Pero tampoco se puede estimar que realmente sean defensores de la vida en todas circunstancias quienes jamás se han pronunciado contra las masacres en Palestina, Afganistán, Irán, ni contra el hambre y la miseria a que lleva el capitalismo. En verdad ni siquiera están realmente en contra del aborto, toda vez que no sólo no combaten la principal causa de éstos, los embarazos no deseados, sino que rechazan los mecanismos que existen para disminuirlos. La experiencia y la investigación internacional demuestran, sin ninguna duda, que entre los factores que más ayudan a disminuir los embarazos no deseados se encuentran la educación sexual, la planificación familiar, los servicios anticonceptivos al alcance de quienes tienen una vida sexual activa, el aumento del poder de las mujeres en la capacidad para tomar decisiones sobre aspectos sexuales y reproductivos, y la verdad, es que a todas estas medidas los movimientos pro-vida, como regla general, se oponen.

En verdad su defensa del delito de aborto como mecanismo para legal para luchar contra esa práctica ni siquiera ellos se la creen, es solo la pantalla. Y esto, entre otras razones, porque el delito de aborto no busca, ni ha buscado nunca efectivamente sancionar a quienes realizan esa conducta.  El delito de aborto ha sido, y es, en términos reales, una figura penal meramente simbólica. Y ello, simplemente porque no es real ni posible sancionarlo. Y no por un problema de su clandestinidad, elemento por lo demás común a casi todos los delitos, sino simplemente porque no se puede encarcelar a las entre 60 y 300 mil mujeres que se estiman abortan cada año en nuestro país. Cualquiera que sea la cifra real, lo único cierto es que resulta imposible perseguir esa cantidad de conductas y consecuentemente sancionarlas. Incluso si la cifra real fuera la menor que hemos señalado. ¿O alguien cree seriamente que nuestro país soportaría encerrar anualmente a 60 mil mujeres? ¡Y qué decir de tratar de encerrar anualmente a 300 mil! No sólo no hay presupuesto, policías, jueces, gendarmes, ni cárceles para ello, sino que tampoco podríamos generar anualmente ese número de hogares sin madres, sin hijas, sin hermanas. El costo social de un desatino de esa naturaleza sería de tal envergadura, que muy pronto generaría una reacción social absolutamente inmanejable.

En verdad la disposición penal no tiene ninguna posibilidad real de hacerse efectiva. Sólo sirve para penalizar, a lo lejos, a una mujer pobre que casi pierde la vida en un aborto clandestino y llega en esas condiciones a un centro de salud. Las otras decenas de miles de casos quedan en la impunidad (afortunadamente), y a nadie le importa. Y así lo sabe todo el mundo que medianamente se inicia en el estudio del tema. Y también lo saben quiénes se dicen “pro-vida” y luchan porque se mantenga el aborto como delito en el Código Penal. Pues si están tan convencidos de la naturaleza delictiva del aborto, y de la necesidad imperiosa de sancionarlo penalmente, como dicen estarlo ¿no debieran luchar porque efectivamente se persiga el delito, se sancione a quienes los cometen y se les encarcele por ello? ¿Y han visto a alguno de ellos proponiendo la generación de brigadas especiales de la policía para perseguir este delito? ¿O siquiera pidiendo más recursos para enfrentarlo? Nada de eso se hace. Y ello, porque como hemos señalado, los defensores de la penalización del aborto –al menos en sus eslabones pensantes y no en el público que los sigue-  no busca la supuesta protección de la vida del que está por nacer, sino mantener uno de los últimos reductos de una moral conservadora que se niega a morir.

Pero tampoco es efectivo que la Iglesia Católica haya condenado siempre el aborto. Desde luego a cualquiera le podría llamar la atención que entre 1931 y 1989, no haya habido una sola manifestación importante de la Iglesia condenando la disposición que lo permitía del Código Sanitario. ¿Y vaya que tenía influencia la Iglesia en esos tiempos!

Además de advertir que no hay una sola palabra en toda la Biblia que lo condene expresamente el aborto, debemos recordar que se condenó por la iglesia de manera más o menos permanente sólo cuando era “manifestación de un pecado sexual”, -mujer soltera, casada con marido ausente por mucho tiempo, etc.- lo que por cierto guarda absoluta concordancia con la verdadera obsesión sexual que ha manifestado la Iglesia desde los tiempos de Agustín de Hipona.  (La Iglesia Católica hasta hoy castiga a sus miembros que practican la masturbación, fornicación, adulterio, pornografía, prostitución, actos homosexuales y usan métodos anticonceptivos). Más aún, las figuras más relevantes de la teología católica, Agustín de Hipona, San Buenaventura, San Alberto Magno, Tomás de Aquino, entre otros, basándose en la teoría del hilemorfismo, aceptaban el aborto hasta avanzado el estado de embarazo, pues aún no llegaba el alma al cuerpo, y era esa unión la que hacía surgir a la persona.

De este modo, si bien existe una tradición oficial que se impone desde el Vaticano, y sólo a partir de la encíclica Apostólica Sedis, de Pio IX, en 1869 y luego de la Encíclica “Casti Connubi”, del Papa Pío XI, el año 1939, la verdad es que, la “Sagrada Palabra” no contiene ni un solo sílaba de condena al aborto consentido, la Tradición Apostólica presenta una diversidad de opiniones, y sus máximos exponentes, justifican el aborto hasta determinados momentos, y por último, el propio Magisterio ha mantenido una actitud fluctuante en su actuar, -como lo acredita la historia chilena del período de vigencia del aborto- y una opinión variable en los textos, según los tiempos.

Por lo demás en la actualidad, un número creciente de católicos, entre los que hay respetables teólogos, (sacerdotes y monjas) sacerdotes y laicos, acepta la posibilidad de que el aborto sea legítimo en determinadas circunstancias, con argumentaciones que giran en torno a la aprobación del hilemorfismo, el rechazo a la fecundación como inicio del individuo y la revalorización de la autonomía

La actual mantención de la penalización del aborto, de la que son partidarios entre otros Sichell y Kast, como lo señalaron en el debate presidencial habido hace poco, es la mantención de la violencia estatal contra la mujer pobre, basada en la mentira y la hipocresía.

Santiago 27 de septiembre de 2021