Por: Patricio Herman. Presidente de la Fundación Defendamos la Ciudad.
El Desconcierto. 03.02.2026
No podemos perder de vista que en el desarrollo de las ciudades deben existir entes públicos, con la debida competencia técnica, para que se guíen pensando en todos los habitantes pues así, con una efectiva coordinación, se garantiza el bien común en el territorio, razón por la cual estimo que los cambios que se pretenden difícilmente contarán con la anuencia, entre otros, de las universidades, de los colegios de arquitectos, de ingenieros y de abogados, aparte de la posición negativa que debería adoptar el Congreso Nacional. Esperamos que después del próximo 11 de marzo exista un amplio debate público.
En la noche del pasado sábado 31 de enero de 2026, a raíz de un tremendo aguacero, se desbordaron las quebradas Honda y de Apoquindo, sector alto de la comuna de Las Condes, crecida que ocasionó la inundación de numerosas viviendas. También sufrieron anegamientos las casas-habitación de la zona Francisco Bulnes Correa, por donde discurre el Parque Canal El Bollo.
Pues bien, tanto los cauces de las quebradas como de los canales y de todos los cursos de agua, sus fajas adyacentes, por ser áreas de riesgo, tienen restricciones en los planes reguladores, tanto intercomunales como comunales, para edificar viviendas, y por motivos obvios solo se admiten en sus bordes y laderas equipamientos de áreas verdes y actividades recreacionales deportivas. Pero hemos visto y escuchado en la televisión a distintos expertos en esta materia, manifestando que hay carencia en la prevención de este tipo de desgracias, fundada crítica que compartimos.
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Al respecto recordamos lo sucedido años atrás en esa comuna, con una liviana autorización para construir un millonario proyecto inmobiliario de 25 edificios en un terreno afecto a utilidad pública del aludido Parque Canal El Bollo, denunciado en la Contraloría General de la República por la Fundación Defendamos la Ciudad.
El ente fiscalizador emitió un dictamen declarando la ilegalidad del negocio, por estar situado dentro de los 80 metros protegidos por ambos lados y el enojado inversionista recurrió a los tribunales de justicia alegando que en su terreno él podía hacer lo que quería conforme a su ilimitado derecho de propiedad, pero la Corte Suprema, conforme a la regulación urbana vigente en el Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS) confirmó la resolución de la Contraloría, criterio admitido después de un tiempo, por la propia Dirección de Obras Municipales (DOM) de Las Condes. Demás está decir que el año 2025 la Corte Suprema ratificó la ilicitud del proyecto.
Por lo anterior y en conocimiento que el futuro Ministro de Hacienda, Jorge Quiroz, quien posiblemente estima que el cambio climático no existe, ha planteado que en el gobierno de Kast se terminará con la actual maraña burocrática que encarece y posterga indefinidamente la ejecución de los proyectos que generan crecimiento económico, anunciando desde ya, que se sancionará ejemplarmente a los funcionarios del Estado que ponen problemas para aprobarlos.
Entre otras cosas, se comprometió a liberar la regulación del suelo para que así los empresarios puedan edificar viviendas a sus antojos, pues de esta manera se reducirán los precios de las mismas, idéntico discurso que han empleado todos los gobiernos cuando aprueban medidas económicas que favorecen a la prebendaria y poderosa industria de la construcción.
Estos nuevos políticos de la derecha pinochetista "modernizarán" el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), servicio público muy competente, restringiendo la actual y democrática participación ciudadana para las inversiones que ellos decidan y así cuenten con autorizaciones muy rápidas. Asimismo están dispuestos a modificar la estructura del Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), poniendo énfasis en atacar la perniciosa "permisología", palabrita inventada por las asociaciones gremiales empresariales, repetida ingenuamente por la prensa, la que nunca ha percibido que esa falaz expresión publicitaria solo busca justificar los errores que cometen, por ignorancia y otros motivos, muchos inversionistas en la tramitación de sus permisos. Incluso los negligentes funcionarios del gobierno de Boric, la citan en sus intervenciones sin darse cuenta que es un término capcioso.
Todos aquellos que tenemos cierto conocimiento de la regulación urbana, estando de acuerdo en que hay algunos excesos en los procedimientos para la obtención de los actos administrativos, ya sea en las municipalidades como en las distintas Seremis del Minvu, no podemos estar de acuerdo con el laissez faire que se promete con un propósito exclusivamente económico, por lo tanto, sin medirse otras variables como las ambientales y sociales. Ellos deben saber que el mercado inmobiliario se nutre de la información privilegiada y de la corrupción, y por ello si estos adalides, tipo Milei, desean formular cambios, deben partir por eliminar la fantasiosa figura de la "vivienda económica DFL2", creada en 1959 cuando la situación del país era muy diferente, que le permite a sus propietarios rebajar el pago de las contribuciones de bienes raíces.
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Ya hemos denunciado anteriormente en columnas de opinión, que existen más de 5 millones de este tipo de fuleras viviendas económicas DFL2, acogidas a este indebido beneficio tributario, las que algunas de ellas se transan en el mercado en sumas de US$ 1 millón y más, sin que hasta ahora nadie lo refute y por ello invitamos a los expertos en cifras de los próximos ministerios de Economía, cuyo titular es un conocido actor inmobiliario, y de Hacienda, para que calculen las tremendas evasiones de impuestos que se han producido por tantos años al tolerarse esta mentira. Gentilmente este columnista se ofrece para acreditar documentalmente sus dichos, para que así esos ministerios se convenzan de que los mercados deben funcionar sin falacias, para que haya una sana competencia.
Quiroz desea saltarse el rol planificador del Estado y para ello propone reducir infinidad de Circulares de la División de Desarrollo Urbano (DDU), actos que permiten aplicar adecuadamente la normativa contenida en la ley y en su reglamento, como en los instrumentos urbanos municipales e intercomunales. Entonces nos preguntamos ¿qué sucederá con las atribuciones que tiene la Contraloría si hay conflictos por erróneas interpretaciones que perjudican a las comunidades?
No podemos perder de vista que en el desarrollo de las ciudades deben existir entes públicos, con la debida competencia técnica, para que se guíen pensando en todos los habitantes pues así, con una efectiva coordinación, se garantiza el bien común en el territorio, razón por la cual estimo que los cambios que se pretenden difícilmente contarán con la anuencia, entre otros, de las universidades, de los colegios de arquitectos, de ingenieros y de abogados, aparte de la posición negativa que debería adoptar el Congreso Nacional. Esperamos que después del próximo 11 de marzo exista un amplio debate público, dejando de manifiesto que nos hemos referido a lo sucedido en Las Condes, para demostrar que es indispensable la regulación urbana, cuyo objetivo es prevenir los azotes de la naturaleza ordenando la explotación del recurso suelo.
Asociado al tema del urbanismo, huelga decir que el litigio que hubo por el monto de la indemnización por un terreno expropiado por el MOP a Copec en Las Condes, en fallo del 19/01/2026, la 3a Sala de la Suprema, no acogió las reposiciones de dicha empresa privada y del Consejo de Defensa del Estado (CDE), por lo tanto consideró válidas las tasaciones objetadas, con lo cual dicha máxima instancia judicial, conformada por los ministros Jean Pierre Matus y Gonzalo Ruz, los ministros subrogantes Roberto Contreras y Hernán Crisosto y el abogado integrante José Miguel Valdivia, desconoció abiertamente el contenido del PRC de Las Condes y el Certificado de Informaciones Previas (CIP) cursado por la respectiva directora de obras, en cuanto a que ese terreno está afecto a utilidad pública por continuidad de la calle Isidora Goyenechea, criterio sostenido por el CDE.
Finalmente, en relación al Canal El Bollo, en Las Condes, ya que la naturaleza habló con fuerza el pasado sábado en la noche, me parece bien lo que propone en la plataforma Linkedin el idóneo abogado inmobiliario, Rodrigo Andreucci, en cuanto a que los dueños de las viviendas unifamiliares edificadas anteriormente por otra inmobiliaria y sean usadas, o adquiridas desde el 12.11.2021, pueden demandar a los bancos que otorgaron los créditos, debido a que esos inmuebles estaban construidos en una zona peligrosa de inundación. Lo anterior, conforme a las disposiciones de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), instancia que conocen muy bien los economistas y empresarios que conforman el equipo de Kast.
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