LA EROSIÓN DE LOS LÍMITES PRESIDENCIALES EN EL SEGUNDO MANDATO DE TRUMP

Marcelo Mella - Académico Usach -  Apuntes políticos – 09 Marzo 2026

El segundo mandato de Donald Trump representa una ruptura con el diseño de la Constitución de 1787 en Estados Unidos. Los fundadores de la república estructuraron la presidencia en este país bajo la premisa ilustrada de que el cargo sería ocupado por individuos de una “estatura moral” superior, figuras cuya integridad sobresaliente actuaría como un primer freno (interno) ante la amplitud de los poderes delegados.

Sin embargo, la tradición constitucional angloamericana se forjó sobre estándares aún más exigentes y de locus externo que establecían que el soberano no podía fijar impuestos unilateralmente, no podía gastar discrecionalmente y no podía presionar al Parlamento sin riesgo de perder la corona, o incluso la cabeza, como dirían algunos en los siglos XVIII y XIX. El texto seminal The Federalist Papers (1788) establecía que el principio la democracia no descansaba exclusivamente en la virtud de los gobernantes, sino en un diseño institucional donde los poderes (públicos) se vigilan mutuamente. En palabras de James Madison: “Ambition must be made to counteract ambition”. (Federalist No. 51)

Al ignorar estas restricciones, la administración actual de Donald Trump ha transformado la presidencia en un instrumento de voluntad unilateral. Esta discrepancia entre la expectativa de autocontrol moral, los “frenos y contrapesos” entre los poderes públicos y la praxis del poder de Trump pone en riesgo la estabilidad del sistema, pues las normas que antes eran barreras infranqueables se han revelado como simples sugerencias frente a un ejecutivo decidido a ignorarlas. Para comprender esta erosión, debemos analizar tres pilares institucionales del presidencialismo estadounidense que el actual ejecutivo ha debilitado.

El desmantelamiento de las prerrogativas sobre impuesto y gesto del Congreso.

La piedra angular del gobierno representativo descansa sobre la exclusividad legislativa en materia fiscal: “no hay impuestos ni gastos sin el Parlamento”. Esta prerrogativa, por la cual se libraron guerras civiles y revoluciones, está siendo vaciada de contenido mediante una arquitectura de recaudación que elude el escrutinio de la Cámara de Representantes.

Aranceles como impuestos unilaterales. El ejecutivo en esta segunda administración de Trump, ha convertido los aranceles en un mecanismo de tributación masiva, recaudando aproximadamente 40,000 millones de dólares mensuales sin intervención legislativa. Para ilustrar la magnitud de esta distorsión, consideremos que el costo total proyectado de programas populistas emblemáticos, como por ejemplo, la exención de impuestos a las propinas implementado por el actual presidente, es inferior a lo que el ejecutivo recauda en tan solo un mes mediante decretos arancelarios.

El reciente fallo de la Corte Suprema (Febrero 2026) que invalidó el uso unilateral de aranceles por parte de Trump concluyendo que la International Emergency Economic Powers Act (IEEPA), la norma que Trump invocó para justificar aranceles generalizados, no autoriza al presidente a fijar aranceles. Las implicancias institucionales del fallo son relevantes y van en la dirección de fortalecer la separación de poderes, limitar el uso expansivo de los poderes de emergencia, pero no elimina por completo la política arancelaria de Trump, dado que aún el presidente puede usar otras leyes comerciales para un objetivo semejante. (p.ej: Trade Act, Sección 301, etc.)

Gasto público sin control legislativo. Resulta cada vez más frecuente bajo este gobierno, que este flujo de recursos no pase por la supervisión del Congreso y se utilice de forma discrecional para compensar a sectores específicos, como por ejemplo los agricultores afectados por los conflictos comerciales. Al actuar simultáneamente como recaudador y distribuidor de beneficios, el ejecutivo anula el “poder de la bolsa” del Legislativo, transformando la negociación parlamentaria en una irrelevancia administrativa. Este bypass fiscal en el sistema político de Estados Unidos sirve como antesala hacia un colapso institucional más profundo que llevará a la neutralización del legislador individual y la captura de las funciones soberanas de los poderes del Estado.

Asalto a la inmunidad parlamentaria, poder de guerra y cooptación burocrática.

La independencia del Congreso depende de la cláusula de “Discurso y Debate” (Art. I, Sec. 6) que busca evitar que el poder ejecutivo o judicial intimide a los legisladores y de su autoridad exclusiva sobre el inicio de la guerra. Sin embargo, el ejecutivo ha lanzado un asalto frontal contra ambos principios. Hemos sido testigos del intento de procesamiento judicial de dos senadores (Mark Kelly y Elissa Slotkin) y cuatro miembros de la Cámara de Representantes (Jason Crow, Chrissy Houlahan, Chris Deluzio, Maggie Goodlanderpor) por actos realizados en su capacidad oficial, un movimiento autoritario del ejecutivo que busca amedrentar la supervisión legislativa. Paralelamente, el riesgo de una “guerra real con un país real”, como Irán, iniciada sin el consentimiento formal del Congreso, amenaza con despojar al legislativo de una de sus funciones más relevantes para limitar el riesgo de autocracia.

Más inquietante aún es la creación de un aparato burocrático cooptado. El crecimiento masivo de ICE, proyectado para convertirse en la tercera fuerza militar más grande del mundo, solo detrás del Ejército de EE. UU. y el de China, se ha consolidado mediante bonos de lealtad de 50,000 dólares pagaderos a lo largo de cinco años. Dicha estrategia asegura que la lealtad de la burocracia no sea hacia la Constitución, sino hacia la continuidad del mandato presidencial, vinculando la estabilidad económica de los agentes y sus plazos de prescripción legal a la permanencia del actual ejecutivo. Este vacío de autoridad legislativa deja al sistema dependiente de loa tribunales y los estados como los últimos reductos de resistencia.

La escandalosa salida de Kristi Noem del DHS por la controversia generada por los operativos migratorios en diversos estados, incluido Minneapolis y el exorbitante costo de sus campañas publicitarias, no asegura todavía una reversión de esta tendencia dirigida a la cooptación burocrática.

La doctrina del ejecutivo unitario

La “Doctrina del Ejecutivo Unitario”, surgida después del ataque a las Torres Gemelas en 2001, se ha transformado en la actualidad en una herramienta crucial para eliminar la independencia de las agencias federales.

En este contexto, la acusación presentada en 2024 contra Donald Trump por su presunto intento de revertir los resultados de la elección presidencial de 2020 marcó un hito en la jurisprudencia constitucional estadounidense. La resolución de la Corte Suprema estableció que el presidente goza de inmunidad absoluta respecto de los actos que forman parte de sus poderes constitucionales exclusivos y de una presunción de inmunidad para otros actos oficiales realizados en el ejercicio del cargo. Este pronunciamiento representó un punto de inflexión en la delimitación de la responsabilidad penal presidencial y en la protección institucional del Poder Ejecutivo.

La decisión de la Corte Suprema en Trump v. US se encuentra fundamentada mayormente en percepciones políticas más que en evidencias jurídicas. Al crear una zona de inmunidad para “actos oficiales” del Presidente, la Corte Suprema ha abierto una brecha por donde el ejecutivo puede evadir la ley criminal de forma permanente invocando.

El Federalismo como mecanismo de protección de la democracia

A diferencia de los sistemas parlamentarios o centralizados, el federalismo estadounidense ofrece protecciones que no pueden ser disueltas por decreto. La soberanía de los estados actúa como un freno logístico y político real. En una conocida cita James Madison sostuvo que los poderes federales son “few and defined” (pocos y definidos), mientras que los de los estados son “numerous and indefinite” (numerosos e indefinidos). (El Federalista No. 45) Los estados no aparecen como rebeldes frente al presidente, sino como esferas autónomas que dispersan autoridad y dificultan la concentración del poder.

Un ejemplo es la administración de las elecciones que permanece firmemente anclada en la soberanía estatal. A pesar de las amenazas de Trump de nacionalizar procesos o imponer reglas de identificación mediante órdenes ejecutivas, la realidad legal y constitucional delega esta potestad a los estados. Un presidente en Estados Unidos puede incluso llegar a organizar una turba como la que asaltó el Capitolio el 6 de enero de 2021, pero no puede capturar el aparato legal de una elección estatal sin cooptar la burocracia local, lo cual ha demostrado ser un obstáculo más resistente de lo previsto. No obstante, el federalismo es un freno y no una solución definitiva.

La historia de Estados Unidos muestra una capacidad cíclica de regeneración tras el abuso de algunos gobiernos. Actualmente, el imperativo en el corto plazo debe ser “impermeabilizar” la democracia mediante una hoja de ruta de reformas políticas y generar mejores condiciones para sostener la autonomía de los poderes legislativo y judicial frente al ejecutivo. La supervivencia del orden constitucional de Estados Unidos depende de que la clase política y el Congreso asuman su responsabilidad histórica. Si no se reconstruyen estas salvaguardas a nivel legislativo, las normas que una vez definieron a la república en Estados Unidos serán recordadas solo como vestigios de un sistema que no supo protegerse de su propia presidencia.


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