CASO RABAT: NUEVOS ANTECEDENTES REVELAN REBAJAS DE PENAS A NARCOTRAFICANTES Y FALLOS JUDICIALES QUE CONTRADICEN LA DEFENSA DEL MINISTRO

Por: Simon Del Valle. Periodista

El Clarín Chile. 6 noviembre, 2026

Dos investigaciones periodísticas publicadas este jueves amplían la controversia que enfrenta el Ministerio de Justicia. Interferencia identificó rebajas de condenas a 115 extranjeros sentenciados por delitos de drogas, mientras CIPER documentó seis casos en que los tribunales respaldaron la decisión inicial del propio ministerio de negar beneficios a condenados por delitos sexuales contra menores. La oposición prepara una acusación constitucional de tres capítulos.

La crisis del ministro de Justicia, Fernando Rabat, sumó este jueves 5 de noviembre dos antecedentes que modifican sustancialmente el debate sobre las rebajas de condenas concedidas durante el gobierno de José Antonio Kast. Uno amplía el universo de beneficiados a personas condenadas por narcotráfico. El otro cuestiona el principal argumento jurídico utilizado por el ministro para justificar la reducción de penas a condenados por delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes.

Las investigaciones fueron publicadas por Interferencia y CIPER, respectivamente, y abren nuevas preguntas sobre los criterios aplicados por el Ministerio de Justicia, la responsabilidad de sus autoridades y la información entregada al Congreso.

Hasta ahora, Rabat había sostenido que la interpretación de los tribunales obligaba a su cartera a conceder determinadas rebajas de condenas. Sin embargo, los antecedentes judiciales reunidos por CIPER muestran que, durante su propia gestión, el ministerio consiguió impedir algunas de esas reducciones y obtuvo respaldo de la Corte Suprema.

La controversia deja así de limitarse a la conveniencia política de decisiones administrativas. Se extiende a la consistencia de sus fundamentos jurídicos y a las razones que llevaron al Gobierno a modificar su posición.

Rebajas de condenas a 115 extranjeros por delitos de drogas

Una investigación de J. P. Aguilar, publicada este jueves por Interferencia, examinó 150 decretos de reducción de condenas otorgadas durante 2026 a ciudadanos extranjeros.

De ese conjunto, 115 correspondían a personas sentenciadas por delitos relacionados con drogas. Al menos trece habían sido detenidas en la frontera norte o en rutas conectadas con ella.

Los decretos fueron firmados tanto por Fernando Rabat como por Luis Silva, quien ejerció como ministro subrogante antes de su salida del Ministerio de Justicia.

Entre los casos identificados aparece Jhoel Ramos Antesana, condenado a cinco años y un día de presidio tras participar en una operación de transporte de drogas detectada en julio de 2021 en la Región de Tarapacá.

El procedimiento permitió incautar aproximadamente 867 kilos de marihuana, 198,7 kilos de clorhidrato de cocaína y 25,3 kilos de pasta base. Según los antecedentes judiciales, la operación involucraba varios vehículos coordinados mediante comunicaciones radiales.

El 12 de mayo de 2026, el Ministerio de Justicia redujo su condena en tres meses, estableciendo como nueva fecha de término el 14 de mayo.

Otro caso corresponde a Fredy Orlas Heredia, condenado por el transporte de 52 kilos de pasta base. Un informe de Gendarmería había señalado un alto riesgo de reincidencia y la Comisión de Libertad Condicional de Antofagasta había rechazado por unanimidad su solicitud, considerando insuficientes sus avances de reinserción.

Pese a esos antecedentes, el 1 de junio Luis Silva firmó un decreto que redujo su condena en seis meses.

La investigación también documentó beneficios para condenados por transportar ketamina desde la zona fronteriza de Colchane y para personas vinculadas al traslado de importantes cargamentos de marihuana.

Estos antecedentes no significan que toda reducción de condena sea ilegal. La legislación contempla mecanismos de rebaja sujetos a requisitos y procedimientos determinados. Tampoco corresponde equiparar automáticamente los criterios utilizados para distintos tipos de delitos.

La cuestión es establecer qué evaluaciones realizó el ministerio, cómo ponderó los informes desfavorables y qué margen de decisión reconoció a sus propias autoridades.

El asunto adquiere particular importancia porque el combate al narcotráfico y el control de las fronteras han sido prioridades declaradas del Ejecutivo.

La investigación de CIPER: seis decisiones respaldadas por la justicia

El segundo antecedente publicado este jueves es especialmente relevante para la defensa jurídica del ministro.

Una investigación de Josefina Rochna, Francisco González Valdebenito y Macarena Segovia, de CIPER, revisó los recursos judiciales presentados por condenados por delitos sexuales contra menores cuyas solicitudes de reducción de penas habían sido rechazadas inicialmente por el Ministerio de Justicia.

El equipo identificó al menos nueve casos en los que los condenados recurrieron a tribunales para revertir esa decisión.

En seis de esos nueve casos, la justicia respaldó la posición del ministerio y mantuvo el rechazo de la rebaja. Cinco resoluciones fueron dictadas por la Corte Suprema y una quedó firme en la Corte de Apelaciones de Valparaíso.

En los otros tres casos, la Corte Suprema concedió la reducción solicitada.

El dato resulta significativo porque Rabat había explicado ante la Cámara de Diputados, el 29 de octubre, que su cartera cambió de criterio después de que los tribunales cuestionaran la negativa a conceder beneficios.

Según esa explicación, el ministerio habría quedado jurídicamente obligado a otorgar las reducciones cuando se cumplían los requisitos establecidos por las comisiones correspondientes.

Sin embargo, la documentación judicial muestra que esa interpretación no era uniforme.

Uno de los últimos fallos favorables al rechazo del beneficio fue dictado por la Corte Suprema el 15 de junio, apenas un día antes de que el ministerio emitiera el primer decreto bajo su nueva interpretación administrativa, según los antecedentes recopilados por CIPER.

La investigación también examinó la jurisprudencia desde 2022. Identificó 126 fallos de la Corte Suprema relacionados con recursos de amparo presentados por condenados cuyas solicitudes habían sido rechazadas por el ministerio: 111 favorecieron a los solicitantes y quince mantuvieron la negativa.

Es decir, la jurisprudencia mayoritaria respaldaba las rebajas, pero existían decisiones judiciales que permitían sostener la posición contraria.

El cambio de criterio que debe explicar el ministro

La diferencia es jurídicamente importante.

Una cosa es sostener que la mayoría de los fallos judiciales favorecía a los condenados y que, por esa razón, el ministerio consideró conveniente modificar su interpretación.

Otra distinta es afirmar que no existía posibilidad legal de mantener el rechazo.

Los antecedentes publicados por CIPER indican que la propia cartera había conseguido defender exitosamente esa posición ante los tribunales.

Esto no resuelve por sí solo si la nueva interpretación del ministerio fue ilegal. Tampoco demuestra que los decretos posteriores constituyan necesariamente infracciones administrativas.

Pero sí exige una explicación precisa sobre las razones del cambio y sobre la forma en que se presentó ese fundamento ante el Congreso.

El punto adquiere especial relevancia porque el debate involucra una reforma legal de 2022 destinada a restringir el acceso de condenados por delitos sexuales contra menores a determinados beneficios penitenciarios.

La controversia jurídica gira, entre otras cuestiones, en torno a la aplicación temporal de esa reforma y a las atribuciones que conserva el Ministerio de Justicia frente a las recomendaciones de las comisiones de reducción de condenas.

La respuesta requiere examinar las sentencias, los decretos administrativos y los fundamentos legales de cada decisión, sin confundir una interpretación discutible con una infracción ya acreditada.

La acusación constitucional incorpora tres capítulos

Mientras se conocían estos antecedentes, las bancadas opositoras avanzaron en la preparación de una acusación constitucional contra Rabat.

Este jueves sostuvieron una reunión con equipos jurídicos, constitucionalistas y especialistas en derechos de la infancia. Entre los participantes estuvieron la exdefensora de la Niñez Patricia Muñoz y el exministro de Justicia Jaime Gajardo.

El presidente del PPD, Raúl Soto, explicó que la acusación contempla tres capítulos.

El primero aborda las eventuales infracciones legales, constitucionales y a tratados internacionales derivadas de las rebajas de condenas a personas sentenciadas por delitos sexuales contra menores.

El segundo se refiere a los beneficios concedidos a condenados por violaciones de derechos humanos y crímenes de lesa humanidad.

El tercero plantea una eventual vulneración del principio de probidad, relacionada con la actuación del ministro y la información proporcionada a otros poderes del Estado.

La oposición sostiene que existen fundamentos suficientes para presentar la acusación, aunque todavía no ha comunicado una fecha de ingreso.

También reiteró su exigencia de conocer íntegramente los 56 decretos relacionados con las rebajas de condenas por delitos sexuales contra menores.

Las diferencias dentro del oficialismo

La situación también ha provocado reacciones distintas entre los partidos que respaldan al Gobierno.

El diputado Luis Pardo, de Renovación Nacional, reconoció que el Ejecutivo debió anticiparse a la controversia y calificó las decisiones como un error político que afectó la sensibilidad de las víctimas.

Desde la UDI, la diputada Constanza Hube también reconoció la existencia de errores, pero cuestionó la utilización de acusaciones constitucionales para remover ministros por razones políticas.

Ambas posiciones expresan una diferencia relevante: admitir errores en la conducción del Ministerio de Justicia no significa necesariamente aceptar que existan causales constitucionales para destituir a su titular.

El presidente Kast, por su parte, ha mantenido su respaldo a Rabat, una decisión que vincula cada vez más directamente al Ejecutivo con el desarrollo de la controversia.

Una controversia que ahora exige respuestas documentales

Las revelaciones de este jueves introducen dos preguntas que no pueden resolverse únicamente mediante declaraciones políticas.

La primera es por qué el Ministerio de Justicia decidió cambiar su criterio sobre las rebajas de condenas cuando existían sentencias recientes que respaldaban su posición inicial.

La segunda es cómo aplicó ese nuevo criterio a condenados por delitos graves, incluidos casos de narcotráfico en los que había antecedentes penitenciarios desfavorables.

Las respuestas deben buscarse en documentos: resoluciones administrativas, informes de Gendarmería, actas de las comisiones competentes, sentencias judiciales y fundamentos de los decretos.

También corresponde establecer la participación efectiva de cada autoridad, diferenciando los actos firmados por Rabat de aquellos suscritos por Luis Silva como ministro subrogante.

El ministro tiene derecho a defender la legalidad de sus decisiones y a explicar la interpretación jurídica adoptada por su cartera. La oposición, a su vez, deberá demostrar las infracciones que invoque en su acusación constitucional.

Pero el esclarecimiento de los hechos no puede depender exclusivamente de esa confrontación parlamentaria.

El elemento más significativo de las investigaciones conocidas hoy es que el Ministerio de Justicia no siempre actuó como si careciera de alternativas. En algunos casos rechazó las rebajas, defendió esa decisión ante los tribunales y obtuvo sentencias favorables.

Determinar por qué abandonó posteriormente esa estrategia es una cuestión central para comprender la llamada doctrina Rabat.

La controversia comenzó con las rebajas de condenas a agresores sexuales de menores. Luego se extendió a casos de violaciones de derechos humanos y ahora incorpora nuevos antecedentes sobre narcotráfico.

Con cada investigación aumenta el número de decisiones administrativas que requieren explicación.

La responsabilidad política del ministro y las eventuales infracciones constitucionales todavía deben establecerse. Lo que ya resulta evidente es que el debate no puede cerrarse afirmando simplemente que los tribunales obligaban al Gobierno a actuar de una sola manera.

Los propios antecedentes judiciales muestran una realidad más compleja.

Simón del Valle

LAS OPINIONES VERTIDAS EN ESTE ARTICULO, SON DE EXCLUSIVA RESPONSABILIDAD DEL AUTOR.