Por: El Desconcierto | Publicado: 04.02.2022
El exbrigadier del Ejército, Pedro Espinoza, recibió una nueva. En total, suma cerca de 30 en distintos procesos, acumulando más de 200 años de cárcel por violaciones a los DD. HH durante la dictadura de Pinochet.
La Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago condenó a 10 años y un día de presidio Pedro Espinoza Bravo, exjefe operativo de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), como autor del secuestro calificado de Juan Héctor Moraga Garcés, dirigente de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), y militante del Partido Comunista, detenido el 26 de julio de 1976 y quien desde entonces se encuentra en calidad de detenido desaparecido.
De esta manera, la Sala, -presidida por la ministra Lilian Leyton Varela e integrada por el ministro (S) Alberto Amiot Rodríguez y por el abogado integrante Jorge Norambuena Hernández,- confirmó la sentencia definitiva de agosto de 2020, dictada por el ministro en Visita Extraordinaria Mario Carroza, con declaración, aumentando de cinco años y un día a 10 años y un día la pena que pesa en contra del exmilitar, el único condenado en la causa, y quien actualmente tiene cerca de 30 condenas en su contra, en distintos procesos, y sumaría más de 200 años de cárcel.
Del mismo modo, el tribunal rechazó con fundamentos contundentes la aplicación de la Ley de Amnistía, la prescripción y la media prescripción, como lo había solicitado la defensa del acusado. Para ello la Corte, al tratarse de un delito de lesa humanidad, consideró la aplicación del derecho internacional.
«La pena es más acorde con la gravedad de los hechos»
Al respecto, la abogada querellante Andrea Gattini, del Estudio Jurídico Caucoto Abogados, evidenció su conformidad con lo fallado por el tribunal de alzada. «Consideramos correcto el fallo y nos deja más tranquilos”, aseguró.
“La pena impuesta por la Corte de Apelaciones de Santiago creemos es más acorde con la gravedad de los hechos, sobre todo considerando que don Juan Moraga Garcés sigue como detenido desaparecido, manteniendo dicha herida abierta para su familia y cercanos. Esa es una deuda enorme que queda y que, espero, no se olvide nunca. De todas formas, nos tranquiliza que estos casos, aunque sean investigaciones con muchas dificultades, sigan teniendo un cierre, pudiendo determinar los hechos y enfrentar a la justicia a los responsables. La impunidad es algo que no se puede permitir, nos hace daño a todos como sociedad”, agregó.
Respecto al rechazo de los argumentos de amnistía, prescripción y media prescripción, la abogada comentó que “se trata de criterios ya asentados hace muchos años en la jurisprudencia de nuestros tribunales superiores de justicia, y solo demuestran el gran trabajo de nuestros tribunales de incorporar el derecho internacional de los derechos humanos a sus decisiones. Los crímenes de lesa humanidad no prescriben, no son amnistiables y la pena impuesta debe ser acorde y proporcional a la naturaleza y gravedad de los hechos, de los más graves posibles de cometer”.
El caso
Juan Héctor Moraga Garcés, era casado, padre de cinco hijos y tenía 32 años al momento de su detención, el 22 de julio de 1976. Según la investigación, había participado en un partido de fútbol con trabajadores del Hospital Militar de Santiago, que estaba en construcción.
Se separó de sus amigos a las 22:00 horas en la Avenida Bernardo O’Higgins con Chacabuco y se dirigió a su hogar, donde no llegó ni esa noche ni al día siguiente. Y hasta la fecha, está en calidad de detenido desaparecido.
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