CUANDO EL DOGMA SE ANTEPONE A LA EVIDENCIA: LA PROPUESTA DE EMPLEO DEL GOBIERNO

Antonia Morales - Isaí Guzmán - Interferencia  - 18/07/2026

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Todas estas políticas buscan, en síntesis, la desregulación de múltiples dimensiones del mundo del trabajo en pos de crear un incentivo a la contratación. No obstante, este tipo de políticas no asegura nada más que peores condiciones de empleabilidad, y un empleo estadístico que no bastará para dar sustento a las personas, si es que llega a ocurrir. El asumir de manera dogmática un mercado laboral sin fricciones ni asimetrías para justificar el dotar de mayor poder a los empleadores resulta sumamente dañino para las y los trabajadores de Chile.

El martes 30 de junio se publicó el Informe de la Mesa de Reactivación Laboral organizada por el gobierno, y de la cual participaron múltiples figuras del mundo académico y público, sin incluir a representantes de a quienes espera beneficiar, los trabajadores. En este marco, surgen propuestas de diversa índole, las que reconocen una situación deteriorada del empleo y la capacidad de inserción de ciertos segmentos de la población. No obstante, todo parte de un diagnóstico que se sitúa en un dogma que sólo habilita recetas retrógradas, en especial cuando se habla de regulación laboral.

Si bien es cierto que, en el último tiempo, el desempleo ha superado el 9%, exhibiendo una brecha de género que alcanzó los 1,9 puntos porcentuales, y en donde la subutilización de la fuerza de trabajo señala necesidades insatisfechas por parte de las y los trabajadores, estos son rasgos estructurales de un mercado laboral y modelo económico debilitado. En un contexto como este, el poder de negociación de las y los trabajadores se ve afectado, haciendo que muchos no puedan trabajar sino en empleos precarios, dada la premura de poder obtener el sustento. Es en este mismo contexto que, dadas las propuestas de la Mesa de Reactivación, se espera que los trabajadores queden con menos protección y derechos, los cuales son vistos como causa fundamental del desempleo.

Las propuestas más retrógradas están en la sección de Regulación Laboral. Partiendo por aquella donde se propone el cálculo de la jornada laboral en base a un periodo de referencia de un año (52 semanas) el mismo documento reconoce que en los países OCDE el promedio es de 15 semanas, y que en dichos contextos institucionales se posee amplia cobertura de la negociación colectiva, lo que balancea el poder entre las partes. Es decir, dichos países son tomados como ejemplos mirando sus resultados, obviando las condiciones que dieron lugar a ellos, y omitiendo deliberadamente que, aun en similitud de políticas, los trabajadores de dichas naciones siguen estando fuertemente protegidos por el tejido de organización laboral que allí existe.

Asimismo, se propone ampliar la polifuncionalidad. Esto, además de representar un claro peligro de que se puede convertir en norma el hacer más labores por el mismo sueldo, implicando un desincentivo a contratar más trabajadores, también es incongruente con la evidencia que presenta como respaldo. La referencia afirma que la rotación entre dos funciones relacionadas permite obtener la mayor parte de las mejoras en eficiencia, mientras que la rotación ilimitada entre funciones diferentes produce rendimientos decrecientes y sobrecarga cognitiva. Sin embargo, la redacción normativa propuesta permite a las partes acordar dos o más funciones “independientemente de la naturaleza que tengan”. Esto contradice lo señalado por el mismo documento y se posiciona como ineficiente dentro del mismo marco.

Además, se propone eliminar de manera gradual la Indemnización por Años de Servicio (IAS), y cambiarla por un sistema de indemnización financiado por una cotización adicional al Seguro de Cesantía. Los estudios citados en el documento –Lazear (1990) y Parsons (2012)– estiman efectos negativos sobre el empleo de 1 a 2 puntos porcentuales asociados al incremento de la generosidad en materia de estas indemnizaciones. No obstante, dicha magnitud se asoma como modesta y, además, se construye sobre mercados laborales con cobertura sindical significativa, donde los trabajadores pueden compensar la pérdida de protección mediante negociación colectiva. Esta condición no se verifica en el caso chileno, donde la IAS constituye la principal institución de seguridad en el empleo disponible para la mayoría de los trabajadores, precisamente porque los mecanismos colectivos de protección tienen alcance limitado. La conversión a indemnización a todo evento en cuentas individuales implica, en la práctica, una pérdida neta de cobertura frente al desempleo para trabajadores de mediana y alta antigüedad, dado que las tasas de reemplazo del Seguro de Cesantía ya son reducidas.

La evidencia disponible advierte, además, sobre riesgos que la propuesta no considera suficientemente. Del modelo de Manning (2003), se puede extrapolar que en contextos de bajo poder de negociación la reducción de los costos de despido no se traduce necesariamente en mayor empleo, además que los trabajadores experimentan fricciones considerables en el momento de la búsqueda, lo que concentra a los mercados laborales. Blanchard y Landier (2002) documentan, por su parte, cómo la flexibilización posee efectos perversos, y que pueden derivar en mayor rotación de los empleos de entrada y que, en neto, los trabajadores terminan con pérdidas de bienestar. Adicionalmente, el apuntar a la desregulación laboral en momentos de bajo dinamismo económico puede ser contractivo, según documenta Duval y Furceri (2018).

Otra propuesta se adentra en materia de crear mecanismos de reducción de jornadas en momentos de shocks económicos, tomado del modelo alemán en donde las empresas podrían pactar con sus trabajadores una reducción de horas efectivas, con compensación parcial financiada por el Seguro de Cesantía. Esto, nuevamente, tomado de un contexto en donde el trabajador está más protegido que en Chile, lo que pone balances institucionales al desequilibrio de poder innato en la relación laboral.

También se propone añadir la “falta de adecuación del trabajador o trabajadora” como causal de despido, la que asoma como subjetiva y de difícil impugnación, lo que aumenta la asimetría de poder en el plano jurídico para los trabajadores. Además, se propone el dar modalidad de teletrabajo a cuidadores, sin estar sujeto a jornada, amplificando las formas de trabajo flexible sin cuidar corresponsabilidad ni una justa distribución de las labores domésticas, de las cuales las mujeres participan más intensivamente que los hombres.

Todas estas políticas buscan, en síntesis, la desregulación de múltiples dimensiones del mundo del trabajo en pos de crear un incentivo a la contratación. No obstante, este tipo de políticas no asegura nada más que peores condiciones de empleabilidad, y un empleo estadístico que no bastará para dar sustento a las personas, si es que llega a ocurrir. El asumir de manera dogmática un mercado laboral sin fricciones ni asimetrías para justificar el dotar de mayor poder a los empleadores resulta sumamente dañino para las y los trabajadores de Chile.

Sobre los autores: Antonia Morales es socióloga Fundación FIEL e Isaí Guzmán, economista Fundación FIEL.


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